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Reglamento para la atención Pastoral de las Escuelas Católicas de la Diócesis de Quilmes

 
     
  El Proyecto pastoral de la escuela tiene como meta la evangelización, abriendo a los niños y jóvenes el horizonte de su misión en éste mundo que van conociendo por el estudio, y donde Dios ha dado a cada uno un lugar único e irrepetible. Para cumplir con tan importante misión se organiza la pastoral educativa de la siguiente manera:  
     
  1. Coordinador Pastoral:  
 

a) Le corresponde determinar el programa catequístico y pastoral, juntamente con los catequistas y el Capellán.
b) Debe haber cursado estudios teológicos o de Ciencias Sagradas, con título aprobado.
c) Podrá desempeñar este cargo el Capellán de Escuela.
d) Será designado por el Obispo diocesano, previa propuesta a la Vicaría de Educación.

 
     
  2. Catequesis  
 

a) En el E.P.B. deben tener el título docente y formación catequística del Instituto San Pablo Apóstol o del Profesorado de Ciencia Sagrada de nuestra Diócesis o título equivalente.
b) En el nivel ESB Y Polimodal se requiere título de Profesor de Ciencia Sagrada u otro equivalente, obtenido en el Profesorado del Espíritu Santo o la constancia de haber cursado y aprobado la formación catequística del Instituto de Teología a Distancia de la Diócesis de Quilmes o título equivalente de instituto de igual nivel.

 
     
  3. Capellán  
 

a) Es un sacerdote a quien de modo estable se encomienda, al menos en parte, la atención pastoral de la comunidad educativa.
b) Es nombrado por el Obispo después de haber escuchado la propuesta de los tres directivos responsables, o sea Coordinador Pastoral, Representante Legal y Director.
c) Con anuencia del Obispo podrá ser el Párroco del lugar.
d) En el caso de las Instituciones que ya cuentan con un Capellán a la fecha de vigencia del presente reglamento el Obispo dispondrá sobre su continuidad en el cargo.
e) Al Capellán se le pide especialmente celebrar periódicamente los sacramentos de reconciliación y de la eucaristía, y juntamente con el Coordinador, ofrecer u organizar encuentros, convivencias y retiros espirituales, sea para todos en horario de clases, con la aprobación del Director, sea voluntariamente en horario extraescolar. Podrá asimismo con la anuencia del Obispo ser el Coordinador Pastoral.
f) No está permitido al Capellán inmiscuirse en las responsabilidades del Representante Legal y Directivos de los distintos niveles.
g) En el caso de que el Capellán no sea el Párroco del lugar en su función pastoral deberá guardar la debida comunión con el Párroco.

 
     
  4. Primeras comuniones  
 

A partir del año 2007 se efectuará únicamente en las Parroquias. Se podrá administrar el Sacramento en las escuelas, únicamente con autorización expresa del Obispo Diocesano, teniendo en cuenta las particularidades del caso.

 
     
  5. Catequesis  
 

a) Las clases de catequesis serán evaluadas numéricamente.
b) Los programas catequísticos quedan supeditados a la aprobación de la Vicaría de Educación a través de la Junta Regional de Educación Católica de la Diócesis de Quilmes.

 
     
  Si bien los responsables enunciados precedentemente tienen un compromiso directo con la evangelización y la tarea pastoral, la misma es la motivación de todos los integrantes de la comunidad educativa en la escuela católica de acuerdo a su ideario que debe estar inspirado en la fe.  
     
 

Luis T. Stöckler
Obispo de Quilmes

 
     
 

Quilmes, 27 de agosto de 2007

 
   
     
     
     
     
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